Investigador privado en Costa Rica
Si necesita aclarar una situación con información verificada, reúno los datos de manera lícita, los contrasto y se los presento de forma ordenada. Es el servicio que muchas personas buscan como detective privado.

Cómo trabajo como investigador privado
Trabajo como investigador privado autorizado conforme a la Ley de Servicios de Seguridad Privados (Ley 8395). Autorización MSP n.º [PENDIENTE].
Mi trabajo se limita a lo que la ley permite a un investigador privado. No tengo facultades de policía ni del OIJ, y actúo siempre con el conocimiento de quien me contrata.
¿En qué casos puedo ayudarle?
Estos son los tipos de asuntos en los que suelo ayudar:
- Obtención de información y evidencia para procesos judiciales.
- Verificación de antecedentes y revisiones previas a una contratación o a un negocio.
- Casos de fraude interno en empresas.
- Localización de personas o de bienes.
Cada situación es distinta. En la primera conversación vemos si puedo ayudarle y de qué manera.
Mi forma de trabajar
Primero converso con usted para entender qué necesita saber y para qué. Si el asunto está dentro de lo que puedo hacer, le explico cómo lo abordaría y qué información necesito de su parte. Al final recibe un informe claro, que además puede servir de respaldo si el asunto llega a un proceso judicial.
Trato con reserva la información que usted me confía.
Más de veinte años investigando en el OIJ
Dirigí o supervisé más de mil investigaciones en el OIJ. Esa experiencia me da criterio para saber qué información vale la pena buscar, cómo contrastarla y cuándo conviene detenerse.
Preguntas frecuentes
¿Es legal contratar un investigador privado en Costa Rica?
Sí, siempre que la persona esté autorizada para ejercer y que la investigación se haga dentro de la ley. Por eso conviene pedir el número de autorización ante el Ministerio de Seguridad Pública. En mi caso aparece en el pie de cada página del sitio.
¿Qué diferencia hay entre un investigador privado y el OIJ?
El OIJ investiga delitos por mandato del Estado y con las facultades que la ley le da. Un investigador privado trabaja para una persona o una empresa, no ejerce autoridad sobre nadie y obtiene la información por medios lícitos. Por eso su trabajo no sustituye una denuncia ante las autoridades.
¿Qué información puede reunir un investigador privado?
La que se puede reunir de manera lícita, como datos de fuentes públicas, registros de acceso permitido y entrevistas. No intervengo comunicaciones ni accedo a información privada sin autorización, y rechazo cualquier encargo que lo requiera.
¿Puede servir lo que usted investiga en un proceso judicial?
Puede ser un apoyo, siempre que se haya obtenido de forma lícita y esté bien documentado. El valor que se le dé lo decide la autoridad judicial, así que no puedo prometer cómo se valorará.
¿Cómo es la primera consulta?
Conversamos por teléfono, por WhatsApp o en persona, con cita previa, para que usted me cuente qué necesita. Le digo con franqueza si puedo ayudarle y qué implicaría. Le pido que no envíe por escrito detalles confidenciales hasta que hablemos.
Ciudades donde dirigí oficinas del OIJ



¿Quiere conversar sobre su caso?
Escríbame o llámeme y le respondo personalmente. Atiendo en todo el territorio nacional y también a personas que se encuentran fuera del país. Le pido que no envíe por mensaje información confidencial del caso.

Santa Ana, San José
Lunes a viernes, con cita previa